Derechos de los Sujetos
Al realizar pruebas de polígrafo, un examinador debe respetar los derechos y la dignidad de todos los sujetos que participan en los exámenes de polígrafo.
Normas para Emitir Decisiones de Polígrafo
- Un examinador solo proporcionará un diagnóstico inequívoco cuando haya suficientes resultados fisiológicos derivados de la prueba que sean transparentes y de alta calidad.
- Un examinador debe registrar por escrito su diagnóstico compilado a partir de los datos de la prueba.
- Un examinador no emitirá un diagnóstico inequívoco cuando los datos fisiológicos de la prueba no sean suficientemente claros y carezcan de calidad. Esto puede aplicarse, pero no se limita a, los siguientes casos:
- Distorsión desproporcionada en las grabaciones debido a la manipulación del sujeto.
- Grabaciones con respuesta insuficiente.
- Grabaciones con amplitudes de trazado menores a las generalmente aceptadas por la profesión.
Notificación de Resultados Posterior al Examen
Un examinador debe permitir que cada sujeto tenga una oportunidad justa de explicar las reacciones fisiológicas a las preguntas relevantes en la prueba. Hay cinco excepciones:
- Cuando el abogado del sujeto se niega a permitir que su cliente participe en la entrevista posterior al examen y que los resultados de la prueba solo puedan ser entregados al abogado.
- Cuando la prueba se realiza por orden del tribunal, estipulando que no puede llevarse a cabo una entrevista posterior al examen.
- Casos de necesidad operativa.
- Cuando el sujeto ordenó personalmente la prueba y no tiene interés en participar en la entrevista posterior al examen.
- Cuando la persona que ordenó la prueba declaró que no debe llevarse a cabo una entrevista posterior al examen.
Restricciones en la Emisión de Opiniones
- Un examinador no puede proporcionar ningún informe u opinión sobre la condición médica o psicológica del sujeto sin estar profesionalmente cualificado para hacerlo.
- Esto no impedirá que el examinador describa la apariencia o el comportamiento del sujeto.
- Las decisiones de los resultados del polígrafo se restringirán solo a aquellos derivados de los datos del polígrafo.
Restricciones en los Exámenes
- Un examinador no debe administrar una prueba de polígrafo cuando haya motivos para creer que la prueba se ha ordenado o se utilizará para fines nefastos.
- Un examinador no debe solicitar ni aceptar honorarios, regalos o gratificaciones cuando la intención sea influir en su decisión, opinión o informe.
- Ningún examinador establecerá una tarifa por los servicios de polígrafo que dependa de los resultados de la prueba.
- La tarifa cobrada no fluctuará como resultado de su decisión u opinión posterior a la prueba de polígrafo.
Normas de Reporte
- Un examinador no debe presentar conscientemente, ni permitir que los empleados presenten, un informe de examen de polígrafo inexacto o engañoso.
- Cada informe de prueba de polígrafo debe ser un relato imparcial, factual y objetivo de los datos derivados del examen, y la conclusión cualificada del examinador desarrollada a partir del análisis de dichos datos.
Publicidad
- Un examinador no debe crear, publicar o causar la publicación de declaraciones o anuncios falsos o engañosos relacionados con la Organización o la profesión de polígrafo.
- Ningún examinador hará ninguna representación falsa en cuanto a la categoría de membresía en la Organización.
Divulgación de Información No Relevante
Un examinador tiene prohibido divulgar cualquier información inconsecuente a cualquier persona, derivada de la prueba de polígrafo, que:
- No esté conectada con los asuntos relevantes.
- Pueda causar cualquier tipo de vergüenza al sujeto, a menos que dicha divulgación sea legalmente requerida.
Restricciones en los Temas de Examen
Un examinador no debe incluir en ningún examen de polígrafo preguntas destinadas a obtener información sobre las actividades, afiliaciones, raza, creencias religiosas o políticas de un sujeto a menos que tengan relevancia para una investigación específica.
Un examinador que administre o intente administrar cualquier examen de polígrafo en violación del Código de Ética o las Normas de Práctica puede estar sujeto a:
- Investigación
- Reprimenda
- Suspensión o expulsión de la Organización